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Normativa de Conservación de Datos de Tráfico y Localización en el Sector de las Telecomunicaciones 11 marzo, 2011

Posted by Gregorio García in Álvaro del Hoyo, Radio.
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Confianza en la red 056

En Confianza en la red hemos hablado con Álvaro del Hoyo, abogado especialista en Nuevas Tecnologías y consultor auditor de seguridad de la información.

Los sujetos obligados por la Ley 25/2007 de conservar los datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicación. Son todos los operadores que prestan servicio de comunicaciones o aquellos que explotan estas redes. Como por ejemplo de telefonía, correo electrónico o video llamadas mediante internet.

Es necesario almacenar datos que tiene que ver con el origen y destino de la comunicación, la fecha y hora, la duración, el tipo de comunicación y el equipo de comunicación que está empleando el usuario, y en caso de la telefonía móvil, los datos de localización, es decir la posición geográfica de la antena de telefonía móvil a la que estamos conectados. Se ha de destacar que en ningún caso se puede almacenar el contenido de la comunicación pues está protegido por el derecho al secreto en las comunicaciones.

El almacenamiento de estos datos se hace porque la ley lo pide con la idea de que estos datos estén disponibles para las policías judiciales, el CNI y el servicio de vigilancia aduanera, para que puedan detectar delitos, investigar y perseguirlos.

Dado la grave injerencia que supone para los derechos de todos y cada uno de nosotros, se requiere que haya una orden judicial que autorice a los policías a recibir la información de los operadores de telecomunicaciones.

Puede escuchar la entrevista completa con el siguiente reproductor: