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Publicación fehaciente 26 enero, 2011

Posted by jimenezshaw in Julián Inza, Radio.
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Servicios de publicacion fehaciente

Confianza en la red 024


El sistema informático que soporte el perfil de contratante deberá contar con un dispositivo que permita acreditar fehacientemente el momento de inicio de la difusión pública de la información que se incluya en el mismo.

Artículo 42.3 LEY 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

 

En Radio Líder hemos hablado con Julián Inza, Presidente del Grupo Interactiva, sobre la Publicación Fehaciente y su utilidad para los contratos en el Sector Publico. En una licitación pública, el organismo adjudicador ha de publicar en el perfil del contratante y de forma fehaciente las condiciones de licitación, es decir, los pliegos de condiciones técnicas y administrativas.

También tiene sentido el uso de este servicio en entidades privadas como los bancos, cuyas tarifas las publican en los tablones de anuncios y estos deberían utilizar criterios de publicación fehaciente.

La Publicación Fehaciente se ha de realizar a través de un tercero de confianza como puede ser EADTrust.